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En virtud de la doctrina de la separación de poderes, la forma en que el presidente ejerce personalmente los poderes ejecutivos que le han sido asignados no está sujeta a cuestionamiento por parte de otro poder del Estado.
En virtud de la doctrina de la separación de poderes, la forma en que el presidente ejerce personalmente los poderes ejecutivos que le han sido asignados no está sujeta a cuestionamiento por parte de otro poder del Estado.