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Las leyes y condiciones de la producción de riqueza tienen el carácter de verdades físicas. No hay nada opcional o arbitrario en ellas... No ocurre lo mismo con la distribución de la riqueza. Esa es una cuestión de institución humana exclusivamente. Las cosas una vez allí, la humanidad, individual o colectivamente, puede hacer con ellas lo que quiera.