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La inviolabilidad de la persona, que es reflejo de la inviolabilidad absoluta de Dios, encuentra su expresión primaria y fundamental en la inviolabilidad de la vida humana. Sobre todo, el clamor común, que se hace justamente en nombre de los derechos humanos -por ejemplo, el derecho a la salud, a la vivienda, al trabajo, a la familia, a la cultura- es falso e ilusorio si no se defiende con la máxima determinación el derecho a la vida, el derecho más básico y fundamental y la condición de todos los demás derechos de la persona.