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El presidente y el gobierno sólo controlarán la milicia cuando una parte de ella esté al servicio del gobierno federal; de lo contrario, serán independientes y no estarán bajo el mando del presidente o del gobierno. Los estados controlarían la milicia sólo cuando ésta fuera llamada al servicio del estado, y entonces el gobernador sería el comandante en jefe en los casos enumerados en la respectiva constitución estatal.