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  • El bienestar público exige que los casos constitucionales se decidan según los términos de la propia Constitución, y no según las opiniones de los jueces sobre la equidad, la razonabilidad o la justicia. No temo las enmiendas constitucionales debidamente aprobadas, pero sí temo la reescritura de la Constitución por parte de los jueces bajo la apariencia de interpretación.

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