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  • Los tribunales son meros instrumentos de la ley y no pueden hacer nada. Cuando se dice que ejercen una discreción, se trata de una mera discreción legal, una discreción que debe ejercerse para discernir el curso prescrito por la ley; y, cuando se discierne, es deber del Tribunal seguirlo. El poder judicial nunca se ejerce con el fin de dar efecto a la voluntad del Juez; siempre con el fin de dar efecto a la voluntad de la Legislatura; o, en otras palabras, a la voluntad de la ley.

    Osborn v. Bank of the United States, 22 U.S. (9 Wheaton) 738, 866, 1824.
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